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  • Instrucciones a seguir para la aportación de ficheros con un tamaño superior a 10 MB.

    La actual sede electrónica de la Autoridad Portuaria de Castellón no permite la carga de ficheros superiores a 10 MB. Para poder solventar esta limitación se procederá de la siguiente forma:

    1. El interesado/a hará constar en el formulario electrónico que esté cumplimentando que determinados ficheros exceden de 10 MB y que por lo tanto no han podido ser adjuntados.

    2. La Oficina de Registro de la Autoridad Portuaria de Castelló facilitará al interesado/a -a la cuenta de correo que figure en su formulario / expediente- el enlace y las credenciales de acceso a la aplicación Almacén (se trata de una plataforma web para la intercambio de ficheros de gran tamaño propiedad de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial, de uso sencillo e intuitivo y que cumple todas las medias de seguridad necesarias para realizar este tipo de operaciones).

    3. El interesado/a aportará el fichero o ficheros en cuestión a través de la aplicación Almacén. Dispondrá de 15 días naturales para hacerlo desde la recepción del correo procedente de la Autoridad Portuaria de Castellón. Es aconsejable que en el cuadro de texto habilitado en dicha aplicación incluyan el número de expediente y/o el asunto relativo a los ficheros que se aportan.

    4. La Oficina de Registro de la Autoridad Portuaria de Castellón reenviará los ficheros recibidos a través de la aplicación almacén al Departamento tramitador del expediente en cuestión.

    Ponemos a su disposición la dirección de correo electrónico divisionlegal@portcastello.com para cualquier duda o aclaración que precisen.

    Gracias por su colaboración.

Quejas y sugerencias

Quejas y sugerencias

Objeto

Presentar una queja o sugerencia relativa a competencias adscritas a la Autoridad Portuaria de Castellón.

Unidad tramitadora

Departamento de Sostenibilidad.

Documentación a aportar

- DNI (o documento equivalente en el caso de ciudadanos extranjeros) del/los solicitante/s y en su caso de los apoderado/s.

- Cualquier otro documento que el interesado estime oportuno aportar en relación con su queja o sugerencia.

Base legal

Real Decreto 951/2005, de 29 de julio, por el que se establece el marco general para la mejora de la calidad en la Administración General del Estado.

Quién lo puede presentar

Cualquier persona física o jurídica, o su representante legal debidamente acreditado.

Cuándo lo puede presentar

Durante todo el año.

Cómo lo puede presentar

Vía electrónica, utilizando el formulario específico habilitado en la sede electrónica de la Autoridad Portuaria o bien los restantes registros electrónicos adscritos al sector público.

En las oficinas de Correos.

En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

En las oficinas de asistencia en materia de registros.

La presentación por medios electrónicos es obligatoria para las personas jurídicas y demás sujetos recogidos en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015.

Notificación / Comunicación

Las notificaciones y comunicaciones a las personas jurídicas y demás sujetos recogidos en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015 se practicarán, en su caso, por medios electrónicos. Si los interesados son personas físicas no recogidas en el referido artículo, se practicarán por medios electrónicos en caso de que aquellas hayan optado por dichos medios; en caso contrario, se practicarán tanto en papel como por medios electrónicos (art. 41 ley 39/2015).